Como todos los años, la Administración tributaria ha publicado las Directrices Generales del Plan de Control Tributario para el ejercicio 2018.
Una vez más, los precios de transferencia constituyen uno de los puntos esenciales de atención en la revisión de grupos multinacionales, especialmente las operaciones realizadas con intangibles de elevado valor, servicios intragrupo, reestructuraciones empresariales y operaciones de financiación intragrupo.
Inspecciones Simultáneas
Resulta significativa la mención a las cada vez más habituales inspecciones simultáneas de grupos multinacionales, en las que las actuaciones de la AEAT ante la filial española se coordinan con actuaciones similares de otras Administraciones Tributarias ante las filiales en ellos ubicadas, lo que permite la comprobación de la información sobre operaciones vinculadas desde los dos puntos de la transacción.
Establecimientos Permanentes
También se mantendrán las actuaciones para la detección y regularización de establecimientos permanentes (EPs) de entidades no residentes, que pueden surgir en determinadas estructuras operativas de grupos multinacionales, como contratos de prestación de servicios de marketing, de agencia, de commissionaire, y similares. Por tanto, la revisión de las políticas de precios de transferencia no sólo alcanza a la cuantificación de las operaciones, sino a la estructura de las mismas, y sus diferentes efectos tributarios.
Acuerdos Previos de Valoración
Como en años anteriores, la Administración Tributaria continuará los trabajos de instrucción y conclusión de Acuerdos Previos de Valoración (APAs, por sus siglas en inglés) con grupos multinacionales, para dar seguridad jurídica sobre la correcta valoración de las operaciones intragrupo. Del mismo modo, se continuará revisando la correcta aplicación de las propuestas de valoración aprobadas por parte de estos grupos multinacionales.
Country by Country Reporting
El año 2017 fue el primero en el que las multinacionales españolas (y de la mayoría de los países) tuvieron que presentar el denominado Country-by-Country Report (en España, mediante el modelo 231).La principal novedad para 2018 en materia de precios de transferencia será la explotación de la información obtenida a través del CbC Report por parte de las Administraciones Tributarias de los distintos países.
Efectivamente, dicha información será objeto de intercambio a partir del mes de junio de 2018, y ello permitiría a las Administraciones Tributarias conocer las magnitudes esenciales de la actividad de los grandes grupos multinacionales en todos los territorios en los que operan y, a partir de las mismas, diseñar modelos de análisis de riesgo fiscal para este tipo de empresas.
En este sentido, conviene recordar que la cooperación internacional entre Administraciones Tributarias no se limita al intercambio de información con transcendencia tributaria, sino también el intercambio de técnicas y modelos que puedan convertirse en estándares internacionales de calidad en el trabajo de inspección.
Personas Físicas
Finalmente, se debe recordar que la AEAT mantiene en su programa las actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de sociedades para canalizar rentas de personas físicas de manera que se reduzca el tipo efectivo de tributación y que, en la práctica, se están materializando en ajustes sobre la valoración de operaciones vinculadas (realizadas o presuntas) entre la persona física y la sociedad, incluso si las mismas no alcanzan los umbrales para que su documentación sea obligatoria.