¿Qué es el documento Master File?
En el Real Decreto 634/2015 de 10 de julio- por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades- y en la Ley 27/2014, se recoge la documentación específica sobre las operaciones vinculadas o precios de transferencia en España exigida por la Agencia Tributaria (AEAT) y a la que deberán atenerse los obligados tributarios.
La documentación específica del grupo o “Master File” es uno de los documentos exigidos por la AEAT en materia de precios de transferencia.
El Master File hace referencia a la documentación específica del grupo, y debe ofrecer una visión general de las actividades del grupo multinacional, incluyendo la naturaleza de sus actividades económicas en todo el mundo, sus políticas generales en materia de precios de transferencia y la distribución de sus beneficios y actividades a escala mundial, al objeto de ayudar a las administraciones tributarias a que evalúen la presencia de riesgos importantes relacionados con los precios de transferencia.
¿Qué información debe contener el Master File?
La normativa española establece en el art. 15 del Reglamento del Impuesto de Sociedades (RIS) el contenido que debe incluir el “Master File”. La información que tiene que incluirse en la documentación específica del grupo constituye un “croquis” del grupo multinacional y contiene información que pude agruparse en cinco categorías:
Información relativa a la estructura y organización del grupo:
- Descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo, así como cualquier cambio relevante en la misma.
- Identificación de las distintas entidades que formen parte del grupo.
Información relativa a las actividades del grupo:
- Actividades principales del grupo, así como descripción de los principales mercados geográficos en los que opera el grupo, fuentes principales de beneficios y cadena de suministro de aquellos bienes y servicios que representen, al menos, el 10 por ciento del importe neto de la cifra de negocios del grupo, correspondiente al período impositivo.
- Descripción general de las funciones ejercidas, riesgos asumidos y principales activos utilizados por las distintas entidades del grupo, incluyendo los cambios respecto del período impositivo anterior.
- Descripción de la política del grupo en materia de precios de transferencia que incluya el método o métodos de fijación de los precios adoptados por el grupo.
- Relación y breve descripción de los acuerdos de reparto de costes y contratos de prestación de servicios relevantes entre entidades del grupo.
- Descripción de las operaciones de reorganización y de adquisición o cesión de activos relevantes, realizadas durante el período impositivo.
Información relativa a los intangibles del grupo:
- Descripción general de la estrategia global del grupo en relación al desarrollo, propiedad y explotación de los activos intangibles, incluyendo la localización de las principales instalaciones en las que se realicen actividades de investigación y desarrollo, así como la dirección de las mismas.
- Relación de los activos intangibles del grupo relevantes a efectos de precios de transferencia, indicando las entidades titulares de los mismos, así como descripción general de la política de precios de transferencia del grupo en relación con los mismos.
- Importe de las contraprestaciones correspondientes a las operaciones vinculadas del grupo, derivadas de la utilización de los activos intangibles, identificando las entidades del grupo afectadas y sus territorios de residencia fiscal.
- Relación de acuerdos entre las entidades del grupo relativos a intangibles, incluyendo los acuerdos de reparto de costes, los principales acuerdos de servicios de investigación y acuerdos de licencias.
- Descripción general de cualquier transferencia relevante sobre activos intangibles realizada en el período impositivo, incluyendo las entidades, países e importes.
Información relativa a la actividad financiera:
- Descripción general de la forma de financiación del grupo, incluyendo los principales acuerdos de financiación suscritos con personas o entidades ajenas al grupo.
- Identificación de las entidades del grupo que realicen las principales funciones de financiación del grupo, así como el país de su constitución y el correspondiente a su sede de dirección efectiva.
- Descripción general de la política de precios de transferencia relativa a los acuerdos de financiación entre entidades del grupo.
Situación financiera y fiscal del grupo
- Estados financieros anuales consolidados del grupo, siempre que resulten obligatorios para el mismo o se elaboren de manera voluntaria.
- Relación y breve descripción de los acuerdos previos de valoración vigentes y cualquier otra decisión con alguna autoridad fiscal que afecte a la distribución de los beneficios del grupo entre países
¿Quién debe presentar el Master File?
El importe neto de cifra de negocios (INCN) es el indicador a tomar en consideración a la hora de preparar dicha documentación. Deberán prepararla aquellos grupos que tengan un INCN superior a 45 millones de euros. No existe un plazo de presentación del Master File. Debe estar a disposición de las autoridades fiscales antes de que finalice el periodo voluntario de presentación de la declaración del impuesto de sociedades.