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Precios de Transferencia: novedades en el mundo

 

Novedades en materia de precios de transferencia en el mundo

  • Dinamarca:

El Tribunal Superior de Dinamarca “Østre Landsret” se ha pronunciado sobre el caso Sag BS-11370/2020-OLR. El Tribunal considera en el caso concreto que:

  1. La Administración Tributaria puede realizar una liquidación fiscal de forma discrecional si la empresa no ha preparado la documentación de precios de transferencia obligatoria.
  2. Sin embargo, el mero hecho de que se planteen dudas sobre el análisis de comparabilidad realizado por el contribuyente en la documentación de precios de transferencia no puede llevar a la Administración Tributaria a considerar que existe falta de documentación.

Por otro lado, cabe destacar que el Tribunal Supremo de Dinamarca (“The Danish Supreme Court”) se ha pronunciado en diferentes casos (UfR 2019.1446, UfR 2020.3156 y UfR 2021.3179), estableciendo que, si la documentación es tan deficiente que no proporciona una base suficiente para evaluar si se ha cumplido el principio de plena competencia, debe equipararse a la falta de documentación.

  • Italia

Banca Generali ha anunciado la firma de un acuerdo marco con las autoridades fiscales italianas, en el que se establecen los términos y condiciones para la liquidación de las reclamaciones fiscales relacionadas con cuestiones de precios de transferencia para los ejercicios fiscales de 2014 a 2019. Según el acuerdo, Banca Generali pagará 45,99 millones de euros, de los cuales 5,29 millones de euros serán intereses.

En términos de precios de transferencia, es importante destacar que no se aplicarán sanciones debido al régimen de protección de sanciones. El régimen de protección de sanciones se introduce en Italia en 2010. Para poder acogerte al mismo, la documentación ha de estar a disposición de la Administración Tributaria antes de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.

Adicionalmente, a partir del ejercicio 2020, la documentación tiene que estar firmada digitalmente con fecha anterior a la presentación del impuesto.

  • Paraguay

La Administración Tributaria de Paraguay ha publicado la lista países que tienen la consideración de paraíso fiscal. En ese sentido, con efectos 2021 en adelante, los contribuyentes que realicen operaciones con entidades constituidas en los citados países estarán obligados a emitir informes de precios de transferencia.

Por otro lado, la Administración Tributaria también ha añadido determinadas transacciones a la lista de operaciones excluidas del análisis de precios de transferencia:

      • Donaciones;
      • Operaciones realizadas por contribuyentes con partes vinculadas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRP) en Paraguay, siempre que tales operaciones se encuentren comprendidas en el ámbito del IRP;
      • Operaciones realizadas por contribuyentes que cuenten con un programa de maquila aprobado, sólo por la parte de la renta que esté sujeta al impuesto único del 1%; y
      •  Operaciones realizadas por contribuyentes que sean usuarios de zona franca residentes en Paraguay, únicamente por la parte de las rentas derivadas de las exportaciones realizadas a sus partes vinculadas en el exterior que esté sujeta al impuesto de zona franca del 0,5%.
  • Polonia:

En septiembre de 2022, se aprobó un proyecto de ley por el que se modifica la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y, entre otras cosas, las disposiciones que regulan los requisitos de documentación de precios de transferencia para las operaciones con entidades situadas en jurisdicciones de baja tributación.

Conforme al proyecto de ley aprobado, será necesario preparar el Local File cuando se superen los siguientes umbrales anuales en operaciones realizadas con entidades situadas en territorios de baja tributación:

  • 500.000 PLN para las transacciones vinculadas (actualmente 100.000 PLN);
  • 500.000 PLN para las transacciones no vinculadas (actualmente el umbral de 100.000 PLN se aplica sólo a las transacciones indirectas no vinculadas); y
  • 2.500.000 PLN para las transacciones vinculadas y no vinculadas con entidades situadas en jurisdicciones de baja imposición.

Los mismos umbrales se aplicarán a las entidades que formen un grupo fiscal.

Si quieres saber más o tienes alguna cuestión relacionada con transferencias de precios u operaciones vinculadas ponte en contacto con nosotros en: https://www.international-tps.com/en/contact/

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